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Introducción
La primera bendición de
Dios en la Biblia no recae sobre la iglesia sino sobre el matrimonio, que es la
base de la familia:
Génesis, 2:24 Por tanto, dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán una sola carne.
Génesis, 2:24 Por tanto, dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán una sola carne.
El “orden de Dios”,
entonces, es el siguiente:
[1] Dios;
[2] Familia;
[3] Iglesia;
La familia es tan
importante para Dios que El mismo la ha colocado antes que a la iglesia (su
pueblo). Y el primer paso para formar una familia, claro está, es el
matrimonio. Debido a la importancia que la familia tiene para Dios, Satanás ha
buscado (y continúa haciéndolo), desde
el inicio y por todos los medios, destruir el matrimonio.
Además de lo prescripto
en Génesis, 2:24 (la institución y bendición del matrimonio), Dios dio dos
mandamientos más:
[+] Éxodo, 20:14 No
cometerás adulterio;
[+] Levítico, 20:10 Si
un hombre cometiere adulterio con la mujer de su prójimo, el adúltero y la
adúltera indefectiblemente serán muertos (se entiende que si el hombre adultero
era soltero debía morir también, ya que era “participe” del pecado de
adulterio);
La carta de divorcio en el AT
En la misma “ley de
Moisés” aparece reglamentada una excepción a Génesis, 2:24 (“serán una sola
carne”): la CARTA DE DIVORCIO. O sea que el divorcio (la posibilidad de
“romper” el matrimonio) ya estaba contemplada en el AT, puntualmente en
Deuteronomio, 24:1-4:
Deuteronomio, 24:1
Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber
hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la
entregará en su mano, y la despedirá de su casa. 24:2 Y salida de su casa,
podrá ir y casarse con otro hombre. 24:3 Pero si la aborreciere este
último, y le escribiere carta de divorcio, y se la entregare en su mano, y la
despidiere de su casa; o si hubiere muerto el postrer hombre que la tomó por
mujer, 24:4 no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar
para que sea su mujer, después que fue envilecida; porque es abominación delante
de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por
heredad.
La “carta de divorcio”
solo podía ser emitida:
[a] por el hombre,
hacia la mujer; y
[b] “por haber hallado
en ella alguna cosa indecente”, siempre y cuando no se tratara de adulterio,
pecado para el cual, como vimos, solo cabía la muerte (Levítico, 20:10) y no
una carta de divorcio;
¿Qué debemos entender
por “alguna cosa indecente” - que no fuera adulterio - que motivara a los
hombres del AT a emitir la carta de divorcio?. Básicamente la situación en la
que un esposo descubría en la mujer, después de que se había celebrado la
ceremonia nupcial, falta de castidad pre marital.
La carta de divorcio
era un documento legal dado a la mujer a fin de quebrantar el pacto matrimonial,
protegerla y liberarla de toda obligación con su anterior esposo. Después de
recibir el certificado de divorcio, la mujer podía volver a casarse. Sin
embargo, nunca debía volver a su anterior esposo si se terminaba su segundo
matrimonio.
Pero ¿por qué Dios tuvo
que permitir en la ley que entrego a Moisés la posibilidad de que la mujer
fuera repudiada por su marido mediante la carta de divorcio?.
Jesucristo mismo lo
explica en el NT:
Mateo, 19:7 Le dijeron
[los fariseos]: ¿Por qué, pues, mandó Moisés dar carta de divorcio, y
repudiarla? 19:8 Él les dijo: Por la dureza de vuestro corazón Moisés os
permitió repudiar a vuestras mujeres; más al principio no fue así.
Jesucristo les contesta
a los fariseos que, a los hombres del AT, se les había permitido repudiar a sus
mujeres “por la dureza de vuestro corazón”, dando a entender que jamás había
estado en la mente de Dios permitir que el matrimonio se rompiera, a menos que
fuera por adulterio, en cuyo caso el matrimonio quedaba disuelto por la muerte
(ejecución) del cónyuge adúltero.
No obstante, los
hombres del AT habían abusado del repudio mediante la carta de divorcio,
rompiendo sus vínculos con sus mujeres israelitas para casarse con mujeres
extranjeras (prohibido en la ley de Moisés), probablemente más jóvenes y
bonitas que las mujeres israelitas. Dios abomina (aun hoy) romper el matrimonio
por este tipo de causas egoístas. Este es el escenario que describe Malaquías,
que es el mismo escenario postexílico (después del exilio de 70 años en Babilonia)
descripto en los libros de Esdras y Nehemías:
Malaquías, 2:11
Prevaricó Judá, y en Israel y en Jerusalén se ha cometido abominación; porque
Judá ha profanado el santuario de Jehová que él amó, y se casó con hija de dios
extraño. 2:12 Jehová cortará de las tiendas de Jacob al hombre que hiciere
esto, al que vela y al que responde, y al que ofrece ofrenda a Jehová de los
ejércitos. 2:13 Y esta otra vez haréis cubrir el altar de Jehová de
lágrimas, de llanto, y de clamor; así que no miraré más a la ofrenda, para
aceptarla con gusto de vuestra mano. 2:14 Más diréis: ¿Por qué? Porque
Jehová ha atestiguado entre ti y la mujer de tu juventud, contra la cual has
sido desleal, siendo ella tu compañera, y la mujer de tu pacto. 2:15 ¿No
hizo él uno, habiendo en él abundancia de espíritu? ¿Y por qué uno? Porque
buscaba una descendencia para Dios. Guardaos, pues, en vuestro espíritu, y no
seáis desleales para con la mujer de vuestra juventud. 2:16 Porque Jehová
Dios de Israel ha dicho que él aborrece el repudio, y al que cubre de iniquidad
su vestido, dijo Jehová de los ejércitos. Guardaos, pues, en vuestro espíritu,
y no seáis desleales.
Causas bíblicas de divorcio
Las únicas tres
causales que Dios acepta para considerar disuelto el matrimonio, con
posibilidad de contraer nuevas nupcias, son:
[1] Adulterio (Mateo,
19:9);
[2] Matrimonio mixto (1
Corintios, 7:12-16); y
[3] Muerte de alguno de
los cónyuges (Romanos, 7:2, 1 Corintios, 7:39);
Fuera de estas
causales, aunque los cónyuges se separen de hecho, para Dios el matrimonio
sigue vigente y cualquier relación que los cónyuges separados inicien con otras
personas, luego de su separación, implicara entrar en una relación de
adulterio.
Adulterio
Al respecto, Jesucristo
establece:
Mateo, 19:9 Y yo
os digo que cualquiera que repudia a su mujer, salvo por causa de fornicación,
y se casa con otra, adultera; y el que se casa con la repudiada, adultera.
Marcos, 10:10 En casa
volvieron los discípulos a preguntarle de lo mismo, 10:11 y les
dijo: Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete
adulterio contra ella; 10:12 y si la mujer repudia a su marido y se
casa con otro, comete adulterio.
A los cuatro Evangelios
(Mateo, Marcos, Lucas y Juan) en la teología se los conoce como los “evangelios
sinópticos” y contienen, en muchos casos, pasajes similares, complementándose
entre sí y dándonos el “cuadro completo” de la situación o tema en cuestión.
De los pasajes de Mateo
y Marcos que acabamos de leer, se desprende que si el repudio, ya sea del
hombre hacia la mujer o de la mujer hacia el hombre, es por causa de
fornicación (la excepción que plantea Jesucristo) entonces es posible (solo
para el cónyuge engañado) separarse y casarse con otra persona y no caer en
adulterio.
Las personas que se
divorcian por causas distintas a la fornicación (por ejemplo, por problemas de
convivencia, porque “se acabó el amor”, etc.), si se vuelven a casar o, aún sin
casarse, mantienen relaciones con otras personas, cometen pecado de adulterio
(porque para Dios sus matrimonios anteriores siguen vigentes), haciendo
participe del pecado de adulterio a la persona con la que se están relacionando
ahora, sin importar la condición de esta última, es decir, si esta nueva
persona es soltera o casada.
Debe quedar claro algo
muy importante:
La persona que es
víctima del adulterio no está obligada a disolver su matrimonio, ya que puede
perdonar a su cónyuge adultero y proseguir con la relación. Demás está decir
que es fundamental que el cónyuge adultero se arrepienta de corazón. No
obstante, si lo desea puede exigir el divorcio, quedando libre para volver a
casarse, si lo desea.
No obstante, aunque el
adultero se arrepienta y su pecado de adulterio sea perdonado por Dios, la
Biblia establece que esa afrenta jamás será borrada:
Al respecto, el rey
Salomón escribe:
Proverbios,
6:32 Mas el que comete adulterio es falto de entendimiento; Corrompe
su alma el que tal hace. 6:33 Heridas y vergüenza hallará, Y su
afrenta nunca será borrada.
Es conocida la historia
de David y Betsabé “la que fue mujer de Urías”. Betsabé era la esposa de un
soldado (Urías, heteo) del ejército de David. Mientras Urías estaba de campaña,
David cometió adulterio con su esposa Betsabé. Betsabé queda embarazada y se lo
comunica a David, quien hace volver a Urías de la guerra (aunque la guerra
todavía continuaba) y lo alienta a que vaya y “duerma” con su esposa (para
“tapar” el embarazo). Urías se niega argumentando que él no podía ir
alegremente a dormir con su esposa mientras “sus hermanos estaban en el fragor
de la batalla”.
Ante tamaño acto de
dignidad de Urías, David lo envía nuevamente a la guerra con una carta que
debía entregar a Joab (el general de los ejércitos de David), en la que David
sugería a Joab que ponga a Urías en lo más álgido de la batalla, donde
seguramente moriría. Este fue casi un asesinato por encargo de parte de David,
para quedarse definitivamente con Betsabé.
David cometió un doble
pecado: adulterio (se acostó con la mujer de otro) y homicidio. Aun así, Dios
lo perdono, pero el niño que fue engendrado en adulterio murió. No obstante,
este no fue el único castigo que tuvo que soportar David. Aunque luego engendro
con Betsabé a Salomón (a quien amo Dios), la vida familiar de David estuvo,
hasta su muerte, signada por asesinatos, violencia, intrigas, violaciones y
tragedias de todo tipo, lo cual indica que ningún pecado queda sin castigo, se
trate de quien se trate.
Esta historia la encontramos
en la Biblia en 2 Samuel, 11.
En la genealogía de
Jesucristo que Mateo hace en su Evangelio, para demostrar que era del linaje de
David, dice:
Mateo, 1:6 Isaí
engendró al rey David, y el rey David engendró a Salomón de la que fue mujer de
Urías.
En el libro de Mateo
queda registrada la afrenta del pecado cometido por David al aclarar (y
recordar) que David engendro a Salomón “de la que fue mujer de Urías”,
cumpliéndose, una vez más, la Palabra de Dios:
Como podemos ver, la
afrenta de David no solo quedo registrada en el AT (2 Samuel, 11) sino,
también, en el NT (Mateo, 1:6) y nunca será borrada.
Muerte de alguno de los cónyuges
Romanos, 7:2 Porque la
mujer casada está sujeta por la ley al marido mientras éste vive; pero si el
marido muere [por causas naturales, accidente o ejecutado por adulterio, por
ejemplo], ella queda libre de la ley del marido.
1 Corintios, 7:39 La
mujer casada está ligada por la ley mientras su marido vive; pero si su marido
muriere [por causas naturales, accidente o ejecutado por adulterio, por
ejemplo], libre es para casarse con quien quiera, con tal que sea en el Señor.
Es por esto que
sostenemos que la persona víctima de adulterio queda libre para volver a
casarse, aunque hoy su cónyuge adultero no muera apedreado como antaño. Antes,
el cónyuge adultero moría apedreado y la mujer quedaba libre para volver a
casarse, si lo deseaba.
Matrimonio mixto
1 Corintios, 7:12 Y a
los demás yo digo, no el Señor: Si algún hermano tiene mujer que no sea
creyente, y ella consiente en vivir con él, no la abandone. 7:13 Y si una
mujer tiene marido que no sea creyente, y él consiente en vivir con ella, no lo
abandone. 7:14 Porque el marido incrédulo es santificado en la mujer, y la
mujer incrédula en el marido; pues de otra manera vuestros hijos serían
inmundos, mientras que ahora son santos. 7:15 Pero si el incrédulo se
separa, sepárese; pues no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en
semejante caso, sino que a paz nos llamó Dios. 7:16 Porque ¿qué sabes tú,
oh mujer, si quizá harás salvo a tu marido? ¿O qué sabes tú, oh marido, si
quizá harás salva a tu mujer?.
Un matrimonio de estas
características solo debiera darse si dos personas incrédulas se casan y, en el
trascurso del matrimonio, una de ellas se convierte al Señor y la otra no, ya
que un creyente no debería casarse con un incrédulo:
2 Corintios, 6:14 No os
unáis en yugo desigual con los incrédulos; porque ¿qué compañerismo tiene la
justicia con la injusticia? ¿Y qué comunión la luz con las tinieblas? 6:15
¿Y qué concordia Cristo con Belial? ¿O qué parte el creyente con el incrédulo? 6:16
¿Y qué acuerdo hay entre el templo de Dios y los ídolos? Porque vosotros sois
el templo del Dios viviente, como Dios dijo: Habitaré y andaré entre
ellos, Y seré su Dios, Y ellos serán mi pueblo. 6:17 Por lo
cual, Salid de en medio de ellos, y apartaos, dice el Señor, Y no
toquéis lo inmundo; Y yo os recibiré, 6:18 Y seré para vosotros por
Padre, Y vosotros me seréis hijos e hijas, dice el Señor Todopoderoso.
Lo anterior significa
que una persona salva, que conoce a Dios, no debería relacionarse (ni mucho
casarse) con una persona “del mundo”, es decir, con un incrédulo. En estos
casos, existe el peligro de que la persona inconversa (usada por Satanás)
“arrastre” a la persona salva, sobre todo cuando hay sentimientos profundos de
por medio.
Delante de Dios las
personas se dividen en 2 categorías: los que están con Cristo y los que no lo
están. Por lo tanto, los creyentes no deben asociarse voluntariamente ni estar
en intima asociación con los incrédulos, porque tales relaciones pueden echar a
perder su relación con Cristo. Esto incluye sociedad en los negocios, citas
amorosas, matrimonio y amistades íntimas. La asociación de creyentes con
incrédulos debe limitarse a la que se precisa para la convivencia social y
económica o para mostrar a los incrédulos el camino de la salvación.
Volviendo al caso del
matrimonio mixto, en primer lugar vale aclarar que no es que Pablo este dando
simplemente su opinión al expresarse de esta manera. Más bien aclara que no
tiene una cita de Cristo que confirme lo que está exponiendo (“yo digo, no el
Señor”). Sin embargo, Pablo se expresa como quien tiene autoridad apostólica y
está bajo inspiración divina.
En el caso de que el
cónyuge incrédulo abandone al creyente o se divorcie de él, se disuelve la
relación matrimonial y el creyente queda libre de su obligación conyugal
anterior (1º Corintios, 7:15 Pero si el incrédulo se separa, sepárese; pues no
está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso).
No se admite, en
cambio, que el cónyuge creyente abandone a su cónyuge inconverso ya que Pablo,
en este sentido, es claro: si un hermano (hombre creyente) tiene mujer que no
sea creyente y ELLA CONSIENTE (aun así quiere) vivir con él, no la abandone y
si una mujer (creyente) tiene marido que no sea creyente y EL CONSIENTE (aun
así quiere) vivir con ella, no lo abandone, porque, como lo explica Pablo, “el
marido incrédulo es santificado en la mujer, y la mujer incrédula en el marido;
pues de otra manera vuestros hijos serían inmundos, mientras que ahora son
santos”.
Y además Pablo antepone
otra razón de peso: “¿qué sabes tú, oh mujer, si quizá harás salvo a tu marido?
¿O qué sabes tú, oh marido, si quizá harás salva a tu mujer?”, es decir,
siempre está la esperanza de que el cónyuge creyente ayude al cónyuge inconverso
a convertirse.
No obstante, cuando el
que decide terminar con el matrimonio es el cónyuge inconverso, no hay más nada
qué hacer, quedando libre de toda obligación el cónyuge creyente. El lazo
matrimonial solo queda roto (y el divorcio es aceptado por Dios) cuando es el
cónyuge inconverso el que abandona al cónyuge creyente.
Caso especial
Pablo establece una
situación especial en la cual, tal vez, lo mejor sea la separación pero sin
posibilidad de contraer nuevas nupcias:
1 Corintios, 7:10 Pero
a los que están unidos en matrimonio, mando, no yo, sino el Señor: Que la mujer
no se separe del marido; 7:11 y si se separa, quédese sin casar, o
reconcíliese con su marido; y que el marido no abandone a su mujer.
Aquí Pablo parece estar
refiriéndose a situaciones en las que la relación matrimonial puede llegar a
ser tan intolerable que sea necesaria la separación de los cónyuges. Por
ejemplo, porque el marido es alcohólico y golpea a la mujer.
Pablo se refiere a
situaciones en las que un cónyuge está portándose de tal manera que pone en
peligro la vida física o espiritual del otro cónyuge y de los hijos. En tales
condiciones, tal vez sea recomendable que uno de los cónyuges abandone el hogar
y no vuelva a casarse. No obstante, por tratarse de una causal de divorcio no
bíblica, cualquiera de los cónyuges que se case o mantenga relaciones con otra
persona incurre en adulterio.
Algunos ejemplos prácticos
[+] Dos personas
solteras que mantienen relaciones sexuales sin estar casadas solo cometen
pecado de fornicación y no de adulterio (porque, en ningún caso, hay matrimonio
de por medio).
Demás está decir que el
adulterio es un pecado más grave que el de la fornicación ya que, en el caso
del adulterio, quien lo comete, además de fornicar desprecia y pisotea una
institución especialmente bendecida por Dios (además del daño que infringe a la
persona engañada, lo cual tampoco será pasado por alto por Dios).
[+] Dos personas
divorciadas por causa de fornicación, donde ambas han sido víctimas de
adulterio, que mantienen relaciones sexuales, solo cometen pecado de
fornicación (no de adulterio, porque ambas han roto sus matrimonios por causa
justificada, estando aptas para volver a casarse, como si fuesen solteras);
[+] Dos personas en donde
una está divorciada por causa de fornicación, donde ha sido víctima de
adulterio y la otra es soltera, que mantienen relaciones sexuales, solo cometen
pecado de fornicación (no de adulterio, porque la persona divorciada ha roto su
matrimonio por causa justificada, estando apta para volver a casarse y la otra
directamente es soltera);
Por supuesto que, en
estos tres casos que vimos, si las personas involucradas se casaran ya no
habría pecado de fornicación.
[+] En cualquier otro
caso, además de fornicación, siempre hay pecado de adulterio: dos personas que
se separan no por causa de fornicación, que mantienen relaciones sexuales con
otras personas (sin importar la condición de estas últimas), aunque, incluso,
se casen cometen (y hacen participes a quienes se relacionan con ellos del)
pecado de adulterio (Mateo, 19:9);
El análisis anterior
solo se hizo para distinguir cuando hay pecado de fornicación y cuando, además,
pecado de adulterio. Ninguno de los dos (ni los fornicarios, ni los adúlteros)
heredaran el reino de Dios:
1 Corintios, 6:9 ¿No
sabéis que los injustos no heredarán el reino de Dios? No erréis; ni los
fornicarios, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los que
se echan con varones, 6:10 ni los ladrones, ni los avaros, ni los
borrachos, ni los maldicientes, ni los estafadores, heredarán el reino de Dios.
QUE DIOS LOS BENDIGA A
TODOS!!!
Marcelo D. D’Amico
Maestro de la Palabra –
Ministerio REY DE GLORIA